Ley 4810 de la Legislatura de San Luis de 22 de Junio de 1988.
El Senado y la Camara de Diputados de la Provincia de San Luis sancionan con fuerza de Ley:
Art, 1, Crear la bandera de la provincia de San Luis que ser� de color blanco y contendr� en su centro el escudo provincial con los elementos constitutivos de �ste seg�n la Ley 1640/39 y Decreto reglamentario 800 G y E SEG 78.
Art. 2.- Autorizar al poder ejecutivo a reglamentar esta ley y a ordenar la confecci�n artistica del simbolo y la reproducci�n de mil ejemplares para su distribuci�n.
Art. 3. Reg�strese, comun�quese al poder ejecutivo de acuerdo a los articulos 132 y 133 de la Constituci�n provincial.
Pedro Humberto Gongzalez, presidente de la Honorable Camara de diputados de la Provincia de San Luis. - Angel Rafael Ruiz, Presidente de la Honorable Camara de Senadores de la Provincia de San Luis.
Escudos: El escudo fue adoptado por Ley 1640 de 27 de Octubre de 1939. Muestra un paisaje geogr�fico de la provincia y su fauna tradicional hoy extinguida. Se observan tres cerros a la diestra y uno a la siniestra y entre ambos grupos un sol pleno. Los cerros simbolizan la fortaleza y riqueza de la provincia y el sol la protecci�n. Los venados fueron un animal tan com�n en la zona que se le dio el nombre de San Luis de la Punta de los Venados. El campo sinople claro representa la fecundadad.