Patronato
Fundación Díaz-Caneja
Museo de Arte Contemporáneo
Miembros del Patronato
Dª Miriam Andrés Prieto
Alcaldesa del Ayuntamiento de Palencia y Presidenta del Patronato
Dª Mª Ángeles Armisén Pedrejón
Presidenta de la Diputación Provincial de Palencia y Vicepresidenta 1ª del Patronato
Dª. Mar Sancho Sanz
Viceconsejera de Acción Cultural y Vicepresidenta 2ª del Patronato de la Fundación Díaz Caneja
Dª. Inmaculada Martínez Merino,
Directora General de Políticas Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo
D. José Antonio Rubio Mielgo,
Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia
D. Francisco Fernández Asensio,
Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Palencia
Dª. Laura Lombraña Arreal,
Concejala del Ayuntamiento de Palencia
Dª. Mª Isabel Contreras Lorido,
Concejala del Ayuntamiento de Palencia
Dª. Sonia Lalanda San Miguel,
Concejala del Ayuntamiento de Palencia
D. Rodrigo San Martín Franco,
Concejal del Ayuntamiento de Palencia
Dª. Carolina Valbuena Bermúdez,
Diputada de Cultura en Palencia
D. Eduardo Hermida Mestanza,
Diputado Provincial
D. Ángel D. Miguel Gutiérrez,
Subdelegado del Gobierno en Palencia
Dª Carlota Álvarez Basso,
Responsable de Relaciones Institucionales del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía por delegación del Director de dicho Centro
Dª. Mercedes Roldán Sánchez,
Subdirectora General de Museos Estatales
D. Javier Villán Zapatero,
Representante de Caneja
D. Juan Manuel Bonet Planes,
Representante de Caneja
D. Antonio Herreros Herreros,
Representante de Caneja
D. Juan Guardiola Román,
Director de la Fundación Díaz Caneja
Secretario del Patronato
Estatutos del Patronato
ART. 1º DENOMINACIÓN Y NATURALEZA
La «Fundación Caneja» es una Entidad cultural privada, de promoción y servicio, sin fin lucrativo alguno, que se regirá por los presentes estatutos y por cuantas normas le sean de obligada aplicación y, en especial, por el Decreto 2.930/72, de 21 de julio, y Real Decreto 1.762/79, de 29 de junio.
ART. 2º PERSONALIDAD
La fundación tiene personalidad jurídica independiente y patrimonio propio, gozando de plena capacidad jurídica y de obrar, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes y por sus Estatutos. En consecuencia, podrá adquirir, administrar, conservar, custodiar, poseer, disponer, enajenar y gravar toda clase de bienes, realizar toda clase de actos y contratos, etc.
ART. 3º OBJETO
La Fundación tendrá por objeto primordial la conservación, exhibición, divulgación y documentación de la obra del artista Juan Manuel Díaz Caneja Betegón; la promoción cultural en general, incidiendo especialmente en el arte español del siglo XX; y será centro de referencia del arte contemporáneo español en relación con instituciones similares dentro del Estado Español.
ART. 4º DOMICILIO
La Fundación tiene su domicilio en Palencia, en la antigua «Casa de la Cultura», sita en la calle Lope de Vega esquina con Obispo Nicolas Castellanos.
La Fundación, para el desarrollo de su actividad, puede crear establecimientos y dependencias en otras ciudades de España o del extranjero, si así lo acuerda el Patronato.
ART. 5º DURACIÓN
La Fundación Caneja tendrá una duración indefinida.
ART. 6º BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de la Fundación todas las personas físicas o jurídicas, gozando la Fundación de plena libertad para la elección de las mismas.